Preguntas frecuentes relacionadas con el servicio de traducción e interpretación checo-español y español-checo

La apostilla de la Haya es una forma simplificada de legalización de documentos que permite reconocer la validez de un documento checo en el extranjero. No obstante, este método de reconocimiento solo tendrá validez en los países suscritos en el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 (Convention de La Haye du 5 Octobre 1961). La apostilla consta de una nota que se coloca sobre el documento cuya autenticidad se quiere hacer constar.  La ventaja de este método de legalización consiste en que un documento público emitido por una autoridad judicial o administrativa de un país signatario es reconocido como documento público en cualquiera de los países suscriptores del Convenio (más de 90 países a la fecha), sin necesidad de más legalizaciones.

La superlegalización es un acto por el que se otorga validez a un documento público que va dirigido a un Estado no signatario del Convenio de la supresión de la exigencia de legalización de documentos públicos Extranjeros, hecho en La Haya el día 5 de octubre de 1961. 

En la República Checa, la autoridad encargada de apostillar/legalizar documentos varía en función del documento que se pretende apostillar/legalizar, conforme se describe a continuación.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Checa se encarga de apostillar o legalizar los documentos del Registro Civil, el certificado de antecedentes penales y los documentos académicos. https://www.mzv.cz/jnp/cz/cestujeme/overovani_listin/

El Colegio Notarial de la República Checa se encarga de apostillar o legalizar los documentos firmados por un notario. El trámite se realiza personalmente en la sede central o delegaciones regionales. https://www.justice.cz/web/msp/overovani-listin-do-ciziny1 ;   https://www.nkcr.cz/apostila

El Ministerio de Justicia de la República Checa se encarga de apostillar o legalizar los documentos firmados por un juez o secretario judicial.

Cabe advertir que algunas autoridades extranjeras reconocen solo las traducciones certificadas por traductores locales.  Si se da tal caso se procede a legalizar la firma del traductor ante notario y tras completar este trámite el documento se lleva a apostillar o legalizar al Colegio Notarial.

Si por cualquier motivo no quiere o no puede gestionar personalmente la Apostilla de la Haya o superlegalización me ofrezco para realizar el trámite a cambio de un suplemento al precio de la traducción.

La traducción jurada, que también recibe nombre de traducción oficial o certificada, es la traducción de cualquier tipo de documento realizada por un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Justicia o, en caso de España, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.  El título de traductor jurado u oficial y, por ende, la autorización para realizar traducciones juradas u oficiales, se acredita mediante inscripción en el correspondiente registro público.  El traductor jurado certifica la fidelidad de la traducción mediante una fórmula que se coloca al final del texto de la traducción y se acompaña con la firma y sello del traductor.   Por seguridad y para evitar manipulación de documentos, el texto de origen y su traducción,  acompañada de la certificación, firma y sello del traductor jurado,  deben venir incluidos en un único documento, adjuntando la traducción al original, copia simple o certificada, según  haya requerido el cliente o la autoridad a la que va dirigida la traducción.

La traducción jurada, también llamada certificada u oficial, es aquella que ha sido realizada por un traductor jurado u oficial y va acompañada de una certificación que acredita la fidelidad de la traducción, seguida por la firma del traductor y su sello oficial, garantizando su autenticidad.